De conformidad con el Boletín C-9: Consecuentemente, el pasivo a largo plazo está representado por los adeudos cuyo vencimiento sea posterior a un año o al ciclo normal de las operaciones, si éste es mayor.
La parte del pasivo a largo plazo, que por el transcurso del tiempo llega a ser pagadero dentro de los próximos doce meses o dentro del ciclo normal de las operaciones, si este último es mayor, se convierte en pasivo a corto plazo y, por tanto, debe clasificarse como tal en un renglón por separado.
Podemos
decir que el pasivo a largo plazo está integrado por todas las deudas y obligaciones
a cargo de una entidad económica, cuyo vencimiento es en un plazo mayor de un
año o al del ciclo financiero a corto plazo.
Álvaro Javier Romero López, ‘Principios de Contabilidad, Ed. Mc Graw Hill (4° edición), p. 169 – 170.

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